Junta de Gobierno Local

FUNCIONES
· Corresponde al Alcalde, mediante Decreto, tanto la determinación del número de los miembros de las Juntas de Gobierno, como la designación de sus componentes. Ello se comunicará al Pleno en la siguiente sesión ordinaria que se celebre.
· El carácter de miembro de las Juntas de Gobierno es voluntario, pudiendo los nombrados no aceptar el nombramiento o renunciar al mismo en cualquier momento. Se entenderá que hay aceptación tácita del nombramiento siempre que no se haga renuncia expresa comunicada al Alcalde.
El Alcalde podrá destituir y nombrar miembros de la Junta de Gobierno en cualquier momento, sin más requerimiento que comunicarlo formalmente al interesado. Los Decretos de nombramiento y cese de los miembros de la Junta de Gobierno tendrán efecto desde el día siguiente de su comunicación al interesado.
Asimismo, deberán ser comunicados al Pleno y a la Junta de Gobierno en la primera sesión ordinaria de los mismos.
· Corresponde a la Junta de Gobierno asistir al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones. A tal fin, la Junta de Gobierno estará Informada de todas las decisiones de la Alcaldía. Además la Junta de Gobierno tendrá aquellas competencias que le delegue el Alcalde o el Pleno, así como las que les pudiera reconocer la Legislación.
· La delegación de competencias a la Junta de Gobierno se formalizará, si la realiza el Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía y si la realiza el Pleno, mediante acuerdo adoptado por mayoría simple.
· El Régimen aplicable al ejercicio por la Junta de Gobierno de las competencias que le hayan sido delegadas, será el General de la Delegación Administrativa, salvo que en dicha delegación se dispusiera otra cosa.
· Las Resoluciones adoptadas por la Comisión de Gobierno en el ejercicio de competencias delegadas, tendrán los mismos efectos que si hubiesen sido tomadas por el órgano que tiene la competencia originaria.
COMPOSICIÓN
Asimismo, si en el Acuerdo de la Delegación no se dispusiera otra cosa, tendrá competencia para revisar los Acuerdos tomados por Delegación.
La Junta de Gobierno está integrada por el Alcalde y un número de los Concejales no superior al tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por aquel, dando cuenta al Pleno.
Actualmente la Junta de Gobierno local está compuesta por:

  • Ángela Gaona Cabrera. Alcaldesa
  • Pedro Javier Sánchez Aznar. Primer Teniente Alcalde
  • Mariano Alcaraz Jiménez. Segundo Teniente Alcalde
  • M. Carmen Egea Villaescusa. Tercer Teniente Alcalde
  • Carmen María López Rodríguez. Cuarto Teniente Alcalde
  • Pedro Antonio Vivancos Ferrer. Quinto Teniente Alcalde
  • Valentín Henarejos Pérez. Sexto Teniente Alcalde

PERIODICIDAD DE REUNIÓN
La Junta de Gobierno Local se reúne semanalmente; siendo en la actualidad, el día de reunión, el jueves.
Se pueden convocar de forma extraordinaria a petición del Alcalde-Presidente.

En esta sección se muestra los extractos de las Juntas de Gobierno Locales. Anonimizados para Transparencia desde junio de 2023:

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