CONVOCATORIA Y BASES ESPECÍFICAS DE SELECCION DE PERSONAL LABORAL TEMPORALPARA CONTRATACION DE UN SEPULTURERO

PRIMERA: OBJETO DE LAS BASES

Es objeto de las presentes bases y regulación del procedimiento selectivo de la contratación laboral temporal del Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar de una plaza de Sepulturero para realizar las tareas que se relacionan según Relación de Puestos de Trabajo número 11O. La duración será por periodo de seis meses, a jornada completa y el tipo de contratación será eventual por circunstancias de la producción (402).

SEGUNDA: CONDICIONES Y REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

REQUISITOS GENERALES:

a) Ser español o ciudadano de la CEE. (fotocopia del D.N.I.)

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad. (fotocopia del D.N.I.)

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. (Se acredita con declaración jurada)

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Corporaciones Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia judicial firme. (Se acredita con declaración jurada)

e) Estar en posesión del Certificado de Estudios Primarios o equivalente.

MÉRITOS A VALORAR POR EL TRIBUNAL:

  • Por haber prestado servicios efectivos como peón o similar en la empresa privada, a razón de 0,5 puntos por año trabajado completo hasta un máximo de 5 puntos. (Vida laboral y contratos).
  • Por haber prestado servicios efectivos como Oficial o similar en la empresa privada, a razón de 0,5 puntos por mes trabajado completo hasta un máximo de 5 puntos. (Vida laboral y contratos).
  • Realización de una entrevista personal a fin de comprobar la adecuación de los aspirantes al puesto a cubrir, hasta un máximo de 5 puntos.
  • El tribunal tendrá la facultad de resolver las dudas que surjan de la aplicación de las bases y podrá tomar los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las bases.

TERCERA: INSTANCIAS Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Las Bases se publicarán en el Tablón de Anuncios y los aspirantes podrán presentar instancias durante el plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente a aquél en que aparezcan las bases de la convocatoria en el Tablón de Edictos y página Web de este Ayuntamiento y presentarán instancia ajustada al modelo que se contenga en cada convocatoria, junto con fotocopia del DNI, y demás documentación requerida en las bases anteriores, dirigida al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento.

Las instancias habrán de presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, en cualquiera de las formas que determina el art. 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo que se requiera, contado desde el siguiente al que aparezca publicado en el Tablón de Anuncios la Convocatoria. De coincidir en sábado o en día festivo, el plazo se prorroga al día hábil siguiente.

Los aspirantes deberán presentar junto con la instancia, los documentos justificativos de reunir los requisitos exigidos. Los datos deberán acreditarse mediante originales o fotocopias compulsadas.

Si las solicitudes se presentan por correo certificado, será necesario enviar, dentro de los plazos de presentación de solicitudes, un correo electrónico anunciando el envío de la solicitud mediante ese medio a la dirección registro@sanpedrodelpinatar.es, al que se adjuntará copia del documento de correos acreditativo de la presentación.

Las sucesivas publicaciones y llamamientos se realizarán a través del Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar y los teléfonos facilitados por los aspirantes.

CUARTA.-ADMISIÓN Y SELECCIÓN DE ASPIRANTES

1º.-Terminado el plazo de presentación de instancias, se entenderán admitidos todos los aspirantes que hubieren presentado su solicitud en tiempo y forma y reúnan todos los requisitos generales, caso contrario serán excluidos. La Junta de Gobierno Local, dentro del plazo máximo de 1 O días, dictará una relación de los aspirantes más idóneos para cubrir las plazas vacantes, que se hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar.

La referida resolución expresará la baremación de cada uno de los aspirantes, conforme a la puntuación establecida en los méritos específicos.

2º.-La selección de los aspirantes más idóneos para cubrir las plazas vacantes se efectuar, mediante concurso, y conforme a los méritos expresados en el apartado segundo de las presentes bases.

QUINTA.- COMPOSICION DEL ORGANO DE SELECCION.

Presidente: D. Norberto Albaladejo Vera, Oficial Albañil del Excmo. Ayuntamiento de

San Pedro del Pinatar.

Suplente: D. Emilio Sáez Pérez, Encargado de Mantenimiento y Señalización vial del

Excmo. Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar.

Secretaria: D. Carlos Balboa de Paz, Secretario del Excmo. Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar.

Suplente: D. José Fernando Lorente García, Administrativo del Excmo. Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar

Vocal: D. Salvador Álvarez Henarejos, Técnico de Administración General de este

Excmo. Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar.

Suplente: D. Antonio Escarbajal Pérez, Arquitecto Técnico del Ayuntamiento de San

Pedro del Pinatar.

SEXTA.- CONTRATACIÓN.

El Ayuntamiento, efectuará los correspondientes llamamientos al personal seleccionado según el orden de puntuación obtenida. Los restantes candidatos no seleccionados formarán la correspondiente lista de espera, pudiendo ser llamados por orden de prelación en caso de vacancia, renuncia o enfermedad del seleccionado. Para poder ser contratado se requiere un mínimo de 5 puntos, en el supuesto que no se alcanzara ese mínimo no se realizará la contratación alguna.

La lista de espera subsistirá hasta la celebración de la siguiente convocatoria.

Notificado el llamamiento al seleccionado, éste comparecerá en el Ayuntamiento el día que se le indique para la formalización del contrato correspondiente. De no hacerlo, perderá su derecho, pasándose al siguiente de la misma.

SÉPTIMA-INCIDENCIAS

La Junta de Gobierno Local queda facultada para resolver las dudas que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de la selección. Los participantes en el presente proceso de selección aceptan y da su consentimiento para que los datos personales exigidos para la inscripción sean incorporados a un fichero automatizado titularidad de la empresa y tratados con la finalidad de desarrollar el proceso selectivo, de acuerdo a la Ley Orgánica 15/1999 sobre protección de datos de carácter personal y del Reglamento General de Protección de Datos.

San Pedro del Pinatar, a 20 de agosto de 2018.

FECHA DE PUBLICACIÓN 22 de Agosto de 2018.

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