Presentación

La Junta de Personal es el órgano de representación colectiva del personal funcionario del Ayuntamiento, elegido democráticamente mediante elecciones sindicales para la defensa y promoción de sus intereses profesionales, laborales y sociales.

Su principal misión es actuar como cauce de participación y diálogo entre el personal funcionario y la Corporación Municipal, velando por el cumplimiento de la normativa vigente, promoviendo la mejora de las condiciones de trabajo y colaborando con la Administración en aquellas materias que afectan al empleo público.

En esta sección podrá consultar información sobre la composición de la Junta de Personal, sus funciones y competencias, la normativa que regula su actividad, así como la documentación generada en el ejercicio de sus funciones: convocatorias, órdenes del día, actas, acuerdos, informes y comunicaciones de interés.

Con este espacio, el Ayuntamiento refuerza su compromiso con la transparencia, la participación y el acceso a la información, facilitando al personal municipal el conocimiento de la actividad desarrollada por la Junta de Personal durante cada mandato.

La Junta de Personal es el órgano de representación del personal funcionario y ejerce las funciones que le atribuye la normativa vigente, actuando como interlocutor entre las personas empleadas públicas y la Corporación Municipal.

Entre sus principales funciones se encuentran:

  • Representar al personal funcionario ante los órganos de gobierno y administración del Ayuntamiento, defendiendo sus intereses profesionales, laborales y sociales.
  • Recibir información sobre aquellas materias que afecten al personal, como la política de recursos humanos, la planificación de efectivos, la oferta de empleo público, los procesos selectivos, la provisión de puestos de trabajo o las condiciones de empleo.
  • Emitir informes en los supuestos previstos por la normativa, cuando sea preceptiva su intervención o cuando sea requerida por la Administración.
  • Formular propuestas e iniciativas dirigidas a mejorar la organización del trabajo, las condiciones laborales, la formación, la conciliación, la igualdad y la prevención de riesgos laborales.
  • Vigilar el cumplimiento de la legislación vigente en materia de función pública, prevención de riesgos laborales, igualdad, salud laboral y demás normas que afecten al personal funcionario.
  • Participar y colaborar en los órganos de negociación, consulta y participación en los que tenga representación, así como en aquellas comisiones de trabajo constituidas para el estudio de materias de interés general.
  • Informar y mantener la comunicación con el personal funcionario sobre los asuntos tratados, los acuerdos adoptados y las actuaciones desarrolladas en el ejercicio de sus competencias.
  • Canalizar consultas, sugerencias y propuestas formuladas por el personal funcionario, trasladándolas a los órganos competentes cuando proceda.

El ejercicio de estas funciones contribuye a garantizar la participación del personal funcionario en las cuestiones que afectan a sus condiciones de trabajo, favoreciendo el diálogo, la transparencia y la mejora continua de la gestión de los recursos humanos municipales.

Nombre

  • Francisco Javier Tárraga Martínez
  • Jose María Ojeda Gran
  • Eva González Bueno
  • Antonio Triviño Albaladejo
  • Carlos Parra Carcelén
  • Óscar Aparicio Espinosa
  • Maria Josefa Villaescusa Cánovas
  • Pablo Gómez Lozano
  • Nuria Andrés González

Sindicato

  • CSIF
  • CSIF
  • CSIF
  • CSIF
  • CSIF
  • UGT
  • UGT
  • UGT
  • CCOO

Cargo

  • Presidente
  • Secretario
  • Vicepresidente

Norma y contenido

Norma Contenido
Constitución Española Derechos fundamentales y libertad sindical.
TREBEP (RDL 5/2015) Regulación de las Juntas de Personal, representación y negociación colectiva.
Ley Orgánica 11/1985 Libertad sindical y representación sindical.
Ley 31/1995 Prevención de riesgos laborales, Delegados de Prevención y Comité de Seguridad y Salud.
Ley 39/2015 Procedimiento administrativo.
Ley 40/2015 Funcionamiento de órganos colegiados.
Pacto/Acuerdo del Ayuntamiento Condiciones de trabajo del personal funcionario.
Reglamento de la Junta de Personal Organización y funcionamiento interno.